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LEY 2ª OPORTUNIDAD
¿Necesita acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad? Dile adiós a la angustia financiera y da el primer paso hacia un futuro sin deudas.
Confíe en nuestro equipo para poder cerrar esta etapa de su vida y recuperar su estabilidad financiera. Estamos aquí para ayudarle a dar el primer paso hacia un futuro libre de deudas.
Ley de la Segunda Oportunidad en 4 pasos
01
Te informamos y asesoramos
Nuestros abogados te explicarán todo el proceso, las opciones disponibles y las condiciones que aplican a tu caso.
02
Envías la documentación
Recopilamos y analizamos toda la documentación necesaria para estudiar la viabilidad de tu situación financiera.
03
Iniciamos el procedimiento
Comenzamos con los trámites legales, tanto extrajudiciales como judiciales, para renegociar o cancelar tus deudas.
04
Recuperas tu estabilidad financiera
Nuestro objetivo es ayudarte a liberar tu futuro económico, ofreciéndote una solución que te permita empezar de nuevo.
¿Por qué elegir nuestra firma?
Si está en una situación de sobreendeudamiento e insolvencia, en LLR ABOGADOS estamos habituados a asesorar a clientes que están en su situación.
- Gran experiencia a lo largo de 20 años.
- Nuestras altas tasas de éxito.
- Equipo altamente cualificado.
- Atención personalizada.
- Nuestra calidad y precio imbatible
CASOS DE ÉXITO
Se concede al deudor la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho de los derechos de crédito, importes y acreedores recogidos en el listado de acreedores que debe acompañar a la solicitud de concurso (artículo 7.3º TRLC) y que se da en esta parte dispositiva por íntegramente reproducida.
Auto que acuerda la exoneración de cerca de 200.000,00€ a un autónomo, que tuvo problemas como consecuencia de la pandemia del Covid-19, dándole con ello la posibilidad de volver a emprender.
Persona física, con problemas personales que derivaron en un grave problema de insolvencia, ha podido comenzar de nuevo gracias al Auto de exoneración que os compartimos en el día de hoy.
Auto de exoneración del pasivo insatisfecho a favor de uno de nuestros clientes.
Autos de exoneración del pasivo insatisfecho dictados por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 y Mercantil de Lugo. Nuestros clientes se encontraban en una grave situación de sobreendeudamiento debido a que les reclamaban numerosas deudas derivadas de haber afianzado en su día a una mercantil. Con estos dos Autos conseguimos de nuevo una exoneración de más de 110.000 €.
Puedes ver más casos de éxito en el apartado de publicaciones de nuestra cuenta de Linkedin
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PREGUNTAS FRECUENTES
La Ley de Segunda Oportunidad es un recurso legal al que pueden acogerse las personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas por ser insolventes.
Es necesario tener deudas, aunque estén al corriente de pago, con al menos dos acreedores diferentes. Los acreedores pueden ser entidades financieras, proveedores, Hacienda o Seguridad Social, entre otros.
La segunda oportunidad aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros (particulares o autónomos) si tienen su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla. También si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales (patrimonio, bienes, negocios, administración, financiación y deuda…). Debe tenerse en cuenta que el procedimiento se tramitará en el Juzgado que pertenezca por el domicilio de empadronamiento del deudor.
Para las empresas, en lugar de la Ley de Segunda Oportunidad existe el concurso de acreedores.
La Ley de la Segunda Oportunidad tiene en cuenta el historial crediticio del deudor insolvente, ya que busca beneficiar a quien ha demostrado ser buen pagador pero atraviesa una mala situación económica. No obstante, la reforma concursal ha modificado los requisitos a cumplir, y en particular alguno de los preceptos que prueban que un deudor ha actuado de buena fe.
Como dicta el preámbulo de la citada Ley 16/2022, de 5 de septiembre:
Cuando el deudor insolvente es una persona física, el concurso pretende identificar a los deudores de buena fe y ofecerles una exoneración parcial de su pasivo insatisfecho que les permita beneficiarse de una segunda oportunidad, evitando su paso a la economía sumergida o a una situación de marginalidad.
Preámbulo de la Ley 16/2022
Tras la reforma concursal, los requisitos que deben probarse para acceder a la segunda oportunidad son los siguientes:
- Que el deudor sea insolvente y demuestre no tener patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas, sin ser válida una situación de simple sobreendeudamiento.
- Que el deudor sea de buena fepara poder acceder a la exoneración, es decir, no puede haber sido declarado persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero, calificado de culpable. Tampoco puede haber sido condenado por delitos económicos o patrimoniales contra instituciones públicas como Hacienda o la Seguridad Social en los últimos diez años.
- Se deroga la norma que imponía al deudor haber intentado previamente un acuerdo extrajudicial de pagos sin éxito.
- Se suprime el requisito de que el deudor no haya rechazado una oferta de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración de concurso.
- Se reduce el plazo mínimo de diez a cinco años, que debía mediar entre una solicitud de exoneración y la exoneración anteriormente concedida al mismo deudor. Para los casos que se obtenga una exoneración mediante plan de pagos el plazo será de dos años.
A la nueva Ley de la Segunda Oportunidad puede acogerse cualquier particular, autónomo o empresario que cumpla con los requisitos establecidos en la normativa.
¿Quieres saber si cumples con estos requisitos? No te preocupes, Llame al 981 236 484 y comprobaremos si puedes acogerte a la Ley de la Segunda Oportunidad.
Soy un particular
La Ley de la Segunda Oportunidad está hecha para aquellos particulares que no pueden hacer frente a sus deudas y necesitan empezar de cero. Si estás pasando por dificultades económicas, sea por el motivo que sea, y quieres cancelar tus deudas, la Ley de la Segunda Oportunidad te puede ayudar.
En el caso de los particulares, normalmente hablamos de préstamos bancarios, tarjetas de crédito y microcréditos. Con nuestra ayuda, podrás eliminar hasta el 100% de estas deudas y dejar atrás las listas de morosidad y las llamadas de acoso.
Soy autónomo o empresario
Esta ley se diseñó pensando expresamente en todos aquellos emprendedores que se vieron obligados a cerrar su negocio, dejando por el camino una gran cantidad de deudas pendientes.
También en aquellos autónomos y empresarios que tienen un negocio en activo pero las deudas están empezando a acumularse y quieren ponerle un remedio antes de que la situación empeore.
Para todos estos casos, la Ley de la Segunda Oportunidad funciona como una red de apoyo que permite volver a levantarse y dejar atrás todas esas deudas generadas por nuestro negocio para no tener que cargar con ellas de por vida.
En estos casos normalmente hablamos tanto de deudas públicas (Hacienda, Seguridad Social) como de deudas privadas (préstamos bancarios, proveedores, facturas). Todas estas deudas también pueden cancelarse parcial o totalmente dentro de la Ley de la Segunda Oportunidad.